Los trabajadores autónomos deben cotizar un mínimo de 180 días en los últimos cinco años para poder acceder a la baja por enfermedad común. Esta medida implica que, en caso de enfermedad, los autónomos enfrentan pérdidas de ingresos inmediatas, ya que continúan con sus gastos fijos mientras no generan ingresos.
La cantidad que pueden percibir varía entre el 60% y el 75% de su base de cotización, lo que se traduce en prestaciones mensuales que pueden ser inferiores a 400 euros en los primeros días de baja. Por ejemplo, con bases mínimas de 653,59 euros al mes, algunos autónomos recibirían solo 392 euros durante las primeras semanas y 490 euros a partir del día 21.
A pesar de que algunas comunidades autónomas están considerando la eliminación de la obligación de pagar cotizaciones desde el primer día de baja, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) reclama que esta medida se implemente a nivel nacional. Hasta que esto ocurra, muchos autónomos podrían optar por no solicitar la prestación, ya que continuarían asumiendo los costes de la seguridad social incluso durante sus periodos de inactividad laboral.