El Tribunal Supremo ha establecido un nuevo criterio que afecta a los autónomos que abandonan asesorías y sociedades profesionales. Según la reciente sentencia, las compensaciones recibidas al dejar estas entidades no siempre podrán beneficiarse de la reducción del 30% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto es especialmente relevante para profesionales de sectores como la arquitectura y la medicina, quienes deberán adaptar sus sistemas de compensación para cumplir con la normativa.
La decisión del Alto Tribunal se basa en considerar ciertos ingresos como extraordinarios, lo que excluye su elegibilidad para la rebaja fiscal. A pesar de que algunos profesionales argumentaban que sus compensaciones habían sido generadas a lo largo de más de una década, el tribunal respaldó la postura de la Agencia Tributaria. Esto implica que no será suficiente con haber estado en la firma durante años para aplicar la reducción.
Los expertos advierten que muchas firmas deberán revisar sus estatutos y pactos internos para evitar conflictos con Hacienda. La sentencia aclara los requisitos que deben cumplirse para que una compensación sea considerada como renta generada durante varios años, permitiendo así una tributación más favorable.