Las pequeñas empresas y autónomos que han recibido ayudas públicas por la crisis en Oriente Medio deben tener cuidado al despedir empleados, ya que un error podría costarles caro. Si se produce un despido indebido, estas entidades no solo tendrían que readmitir al trabajador, sino que también podrían verse obligadas a devolver las ayudas recibidas. La limitación para despedir por causas económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor ha sido prorrogada hasta el 30 de septiembre de 2026.
El Real Decreto Ley 18/2026 establece que la prohibición de despedir se aplica a las empresas que se beneficiaron de estas ayudas, protegiendo también a los trabajadores fijos-discontinuos. Sin embargo, no todos los despidos están prohibidos, ya que la normativa permite extinciones de contratos en determinadas circunstancias. Jaime Silva, del área laboral de Garrigues, destacó que la limitación no es absoluta y que las causas de despido deben ser evaluadas cuidadosamente para evitar problemas legales.
Las empresas afectadas deben tener claridad sobre las causas que justifican un despido, ya que solo se considera nulo aquel que se fundamenta en motivos relacionados con la crisis. La normativa busca proteger a los trabajadores mientras se mantienen las ayudas para las empresas durante este periodo de dificultad económica.